REVISTA MINERÍA 541 | EDICIÓN OCTUBRE 2022

MINERÍA la mejor puerta de acceso al sector minero MINERÍA / OCTUBRE 2022 / EDICIÓN 541 103 las variables de cambio climático y desarrollo humano y productivo. Bibliografía Agencia de Noticias Peruana Andina. 2021. Regiones y municipios recibieron S/ 40,000 millones por canon y regalías mineras. Del 12 de mayo de 2021. En: https:// andina.pe/agencia/noticia-regiones-y-municipios-recibieron-s-40000-millones-canon-y-regalias-mineras-844917.aspx Banco Mundial 2018. Acerca del Proyecto de Capital Humano. En: https://www.bancomundial.org/es/publication/human-capital/brief/about-hcp (Visitado el 25 de mayo de 2022). El Peruano. 2022. Potenciarán calidad de universidades públicas con obras por impuestos. Del 22 de mayo de 2022. En: https://elperuano.pe/noticia/156794-potenciaran-calidad-de-universidades-publicas-con-obras-por-impuestos ICMM. 2022. Mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorar la capacidad de adaptación. En: https://www.icmm.com/es/gestion-ambiental/cambio-climatico/mitigar-las-emisiones-de-gases Meneses, Elizabeth. 2022. Cusco, Arequipa, Cajamarca y Áncash concentran 51% de proyectos en Obras por Impuestos. Perú Construye. Del 23 de mayo de 2022. En: https://peruconstruye.net/2022/05/23/proyectos-obras-por-impuestos/ Ministerio de Economía y Finanzas. 2020. Guía Metodológica del Mecanismo de Obras por Impuestos del Ministerio de Economía y Finanzas. Lima, Perú. Primera edición. Abril, 2020. En: https://www.mef.gob.pe/contenidos/inv_privada/obras_impuestos/Guia_Metodologica_mecanismo_Obras_por_Impuestos.pdf Proactivo. 2022. Sector minero energético tiene comprometidos más de S/. 3 mil millones en Obras por Impuestos. Del 6 de junio de 2022. En: https://proactivo. com.pe/sector-minero-energetico-tiene-comprometidos-mas-de-s-3-mil-millones-en-obras-por-impuestos/ Naciones Unidas. 2020. Acción por el clima. ¿Qué es el cambio climático? En: https://www.un.org/es/climatechange/what-is-climate-change (visitado el 14 de junio de 2022). Rosales, Maritza. 2017. El Desarrollo Humano: Una propuesta para su medición. Aldea Mundo, vol. 22, núm. 43, enero-junio, 2017, p. 66 Universidad de los Andes San Cristóbal, Venezuela. En: https://www.redalyc.org/ pdf/543/54353312007.pdf ANEXO Nº 1: MODIFICACIONES NORMATIVAS SUGERIDAS Modificaciones normativas a la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión regional y local con participación del sector privado, publicada el 20 de mayo de 2008. Se modifican los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 9 de la Ley Nº 29230, los cuales quedarían redactados en los siguientes términos: Artículo 1.- Objetivo El objetivo de la presente Ley es impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública, entre los que se puede priorizar los relacionados con el control y/o mitigación de efectos y/o consecuencias generadas por el cambio climático, además de programas de capacitación, fortalecimiento y desarrollo de habilidades de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional con los gobiernos regionales y/o locales. (la cursiva y negrita forma parte de la propuesta de modificación). Artículo 2.- Proyectos de inversión En el marco de lo establecido en la presente Ley, las empresas privadas que firmen convenios, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la presente Ley, podrán financiar y/o ejecutar proyectos de inversión pública en infraestructura, incluyendo los orientados a mitigar los efectos adversos del cambio climático en zonas vulnerables, así como programas vinculados con la potenciación del desarrollo humano y productivo que deberán estar en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaratoria de viabilidad, que especifique la valorización implícita del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP, y con informes complementarios vinculantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), Ministerio de la Producción (PRODUCE), Ministerio del Ambiente (MINAM), Ministerio de Educación (MINEDU) y Ministerio de Salud (MINSA) cuando el proyecto, plan y/o programa se encuentre vinculado a sus competencias y facultades regulatorias. Bajo la presente Ley debe entenderse por proyecto de inversión pública los que utilizan en su totalidad o de manera parcial recursos del fisco, como el canon minero, y que están destinados preferentemente a: i. El diseño y ejecución de obras de infraestructura pública “en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, industria, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones, justicia, acceso a servicios de atención al ciudadano, mercado de abastos, incluyendo su mantenimiento”. ii. Inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), e inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición de emergencia en el mar-

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