MINERÍA Edición Semanal 131 | Del 14 al 20 de noviembre 2022

43 AÑO 3 - Nº 119 / AGOSTO 2022 no controladas, es decir, si hubieran pactado con terceros independientes. En el caso particular de Perú, a partir del 2012, se introdujo en la Ley del Impuesto a la Renta y su Reglamento el requerimiento del comúnmente llamado “Sexto Método”, a través de la cual se busca regular los precios de las operaciones de importación o exportación de bienes con cotización conocida en el mercado internacional, entre los cuales se encuentran los concentrados de minerales. Sin embargo, en nuestro país, la problemática de Precios de Transferencia se encuentra no solo en la rigidez de la legislación en esta materia, sino también en su correcta aplicación práctica, esta vez para la industria minera. En tal sentido, el presente trabajo busca abordar como problema de investigación en qué medida la metodología del PCNC –la cual debería aplicarse para evaluar el valor de mercado de los precios de exportación de los concentrados de minerales– reglamentado través del requerimiento del “Sexto Método”, se ajusta con el principio de libre competencia o arm´s length. Ello permitirá demostrar que el PCNC resulta ser una metodología de compleja aplicación para evaluar el valor de mercado de los concentrados de minerales. Lo anterior será analizado teniendo en cuenta que en el Artículo 113A del Capítulo XIX del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, en materia de Precios de Transferencia se requiere que el contribuyente sustente mediante un informe técnico el uso de un método distinto al PCNC. Cabe indicar que este tema se desarrollará bajo un contexto en el que la minería tiene una presencia importante en el país, pues sigue siendo la principal fuente de crecimiento económico. El íntegro de este interesante artículo no se lo pierda en la edición 542 de la revista MINERÍA, la mejor puerta digital de acceso al sector minero.

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