16 Edición Semanal La Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundadas, en primera instancia, las demandas de acción popular presentadas y acumuladas contra el Decreto Supremo N° 001-2022-TR, que restringe la posibilidad de tercerizar el núcleo del negocio. “Con la sentencia el colegiado declara fundadas en parte tales demandas y, por lo tanto, anula determinados extremos del artículo 1° de aquella norma reglamentaria que define el núcleo del negocio, así como su única disposición complementaria transitoria que establece un plazo de adecuación”, detalla un informe del Estudio Echecopar, asociado a Baker & McKenzie International. En ese contexto, la sala superior indica que el artículo 2° de aquel decreto supremo relativo a la prohibición de la Poder Judicial declara fundada demanda contra prohibición de tercerización También exhorta a encontrar una solución concertada Actualidad A favor de más de 80 mil trabajadores en el sector minero.
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