.

36 Edición Semanal ¿Quién es pequeño productor minero (PPM) y quién es productor minero artesanal (PMA) según nuestra legislación? El artículo 91 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería1 establece las condiciones para ser calificado como PPM o como PMA. Es PPM el que: 1. Como persona natural, conjunto de personas naturales, persona jurídica conformada por personas naturales, cooperativa minera o central de cooperativa minera, se dedica habitualmente a la explotación y/o beneficio directo de minerales; 2. Posee por cualquier título hasta 2,000 hectáreas, entre denuncios, petitorios y concesiones mineras; y, 3. Posee por cualquier título una capacidad instalada de producción y/o beneficio de hasta: a)350 toneladas métricas por día (regla general). b)1,200 toneladas métricas por día tratándose de minerales no metálicos y materiales de construcción. c)3,000 m3 por día tratándose de yacimientos metálicos tipo placer. Por su parte, es PMA el que: 1. Como persona natural, conjunto de personas naturales, persona jurídica conformada por personas naturales, cooperatiPor: Antonio Vega Gonzales, Abogado consultor en derecho minero, Asociado a LEGALIA. Minería a pequeña escala (MAPE): ¿Quién es pequeño productor minero o productor minero artesanal? Pequeña Minería 1 Aprobado por Decreto Supremo 014-92-EM.

RkJQdWJsaXNoZXIy MTM0Mzk2