MINERÍA Edición Semanal 221 | Del 05 al 11 de agosto 2024

17 AÑO 5 - Nº 221 / AGOSTO 2024 A través del Decreto Supremo N° 014-2024-EM, el Ministerio de Energía y Minas modificó el reglamento para el cierre de minas que, entre varios aspectos, reduce el plazo de evaluación de los planes de 160 a 60 días hábiles. Asimismo, establece un solo procedimiento para un nuevo Plan de Cierre de Minas, sus modificaciones y/o actualizaciones, salvo en lo que respecta a la publicación y difusión de anuncios. Además, modifica el artículo 71 referido al Plan Ambiental Detallado. De la información proporcionada por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), se tiene que en el marco de la supervisión fueron detectados, 651 componentes (321 principales y 330 auxiliares) implementados sin instrumentos de gestión ambiental, en 67 unidades mineras. La nueva norma permite que la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Minem evalué aquellos componentes ejecutados sin permisos y, si estos resultan ambiental y técnicamente viables, puedan obtener sus permisos, con el fin que la OEFA no los sancione y paralice. En esta situación, el titular tiene un plazo de 90 días hábiles para comunicar a las autoridades respectivas los referidos componentes y se establece el silencio administrativo negativo. Reducen a 60 días los trámites de evaluación de los planes de cierre de minas También modifican lo referente al Plan Ambiental Detallado Optimización de plazos.

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