MINERÍA Edición Semanal 267 | Del 23 al 29 de junio 2025

36 Edición Semanal En recientes accidentes laborales en faenas mineras han fallecido trabajadores de la minería nacional, marcando este 2025 como uno de los peores en gestión de riesgos fatales. Este trágico aumento obliga a repensar radicalmente la cultura de seguridad, el cumplimiento laboral y la responsabilidad corporativa. La minería chilena opera hoy en un entorno regulatorio más estricto, más vigilado y exigente. El acatamiento de las normas ya no es un mero requisito de cumplimiento mínimo, se ha transformado en un indicador de madurez organizacional, gobernanza responsable y capacidad de permanencia en el negocio. El nuevo marco legal —con el DS N°44 como piedra angular en prevención de riesgos laborales y la Ley 21595 redefiniendo el riesgo penal— ya no permite improvisaciones ni modelos formales sin eficacia. La referida ley incorpora como delitos económicos los accidentes laborales (en 2° Categoría Art. 490, 491 y 492 del Código Penal) cuando el hecho se realiza con infracción de los deberes de cuidado por un giro de la empresa y amplía el catálogo de delitos aplicables al ámbito corporativo, sino que establece un nuevo sistema de imputación penal para las personas jurídicas. Por: Patricio Cartagena Díaz, presidente del Centro de Arbitraje y Mediación Minero de Chile. Cultura preventiva minera y compliance laboral: un imperativo estratégico Coyuntura Internacional

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