REVISTA MINERÍA 580 | EDICIÓN ENERO 2026

MINERÍA la mejor puerta de acceso al sector minero EDICIÓN 580 / ENERO 2026 24 mineros informales ocupan las concesiones de terceros4–, también con los propietarios y posesionarios de predios superficiales, pues, al parecer, se tiene la idea de que el Reinfo lo puede todo: permite realizar labores en concesiones ajenas y apropiarse de propiedades y posesiones que no son de los “mineros informales”. Visto así, la reiterada ampliación de plazos – esta es la quinta– ha convertido lo excepcional en permanente, lo que supone la afectación de la previsibilidad normativa y debilita la confianza en el ordenamiento jurídico, generándose una evidente incertidumbre jurídica, pues los mineros formales y los órganos persecutores del delito no conocen con certeza hasta cuándo subsistirá el Reinfo. De este modo, desde una perspectiva constitucional, la situación descrita resulta incompatible con el principio de seguridad jurídica y con el deber del Estado de garantizar un marco normativo claro y predecible. Riesgos ambientales El Reinfo no ha logrado asegurar estándares mínimos de protección ambiental; contrariamente, los datos demuestran que numerosos operadores inscritos han continuado desarrollando actividades altamente contaminantes5 –Madre de Dios6 y Pataz son ejemplos paradigmáticos–, sin instrumentos de gestión ambiental aprobados ni supervisión efectiva. La prórroga del régimen implica, en realidad, la prolongación de daños ambientales graves e irreversibles por el uso indiscriminado de mercurio y cianuro, que el legislador no ha considerado. La ampliación del Reinfo hasta el 2026, sin un balance serio de los impactos ambientales acumulados, evidencia un preocupante desconocimiento del efecto de la informalidad en la afectación del medio ambiente y del derecho constitucional a un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. Nótese, pues, que insistir con el Reinfo no solo perjudica a las grandes mineras como indebida e intencionadamente algunos promotores del Reinfo afirman, sino que también genera daños ambientales evidentes. Riesgos sociales El Reinfo, desde el punto de vista social, tampoco ha cumplido con generar que los operadores mineros (artesanales y pequeños mineros) realicen sus actividades en condiciones de trabajo digno y formal7. Y es que es notorio que persisten altos niveles de informalidad laboral, ausencia de seguridad social y condiciones precarias de seguridad y salud en el trabajo, lo que genera lesiones graves a la integridad del personal e incluso la muerte. En consecuencia, la prórroga de este régimen promueve y refuerza, de manera consciente, un modelo que normaliza la vulnerabilidad social bajo el argumento de que la formalización es necesaria, pero las cifras determinan que esta es casi nula; por ejemplo, en el 2025, según datos del Minem, en La Libertad solo se formalizaron cinco personas; en Madre de 4 Vera, Dante, https://gestion.pe/economia/afirman-que-el-64-de-mineros-ilegales-ocupa-concesiones-de-terceros-noticia/ 5 Ministerio del Ambiente, Diálogos Ambientales, www.minam. gob.pe, advertía en el 2013 que “La minería ilegal no solo ocasiona daños ambientales irreparables, también afecta la salud de las poblaciones aledañas e influencia de manera perversa en otras actividades sociales”. 6 Resulta interesante el trabajo realizado por Osores Plenge, Rojas Jaimes y Manrique Lara Estrada, titulado Minería informal e ilegal y contaminación con mercurio en Madre de Dios: Un problema de salud pública, Acta Médica Peruana, 2012/29 (1); resulta interesante porque los autores son médicos especializados en enfermedades infecciosas, biólogo y epidemiología, respectivamente. 7 Véase, De La Vega Villanes, William, Minería informal y su impacto en la seguridad y salud de los trabajadores mineros en la Región Lima Provincias - año 2017, tesis en la que se planteó como hipótesis de trabajo que la minería informal genera un impacto negativo en la seguridad y salud en el trabajo, la que efectivamente fue confirmada, debido a que se estableció que, en este tipo de actividades, los operadores jurídicos ingresan a las labores sin ninguna capacitación previa sobre los riesgos que implica ni cuentan con los adecuados elementos de protección personal.

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