MINERÍA la mejor puerta de acceso al sector minero EDICIÓN 580 / ENERO 2026 26 una sanción penal por la posesión, tenencia, comercialización, y beneficio de mineral extraído y procesado ilícitamente, a pesar de la evidente afectación a fuentes hídricas, suelos y otros componentes ambientales”. Lo anterior ocurre, según la Fiscalía, debido a que existe “una exención de responsabilidad penal para todos los mineros inscritos en el Reinfo, establecida en el Decreto Legislativo N° 1351; que les otorga la condición de informales mas no de ilegales, lo que genera en la práctica impunidad y neutraliza los operativos de interdicción contra la minería ilegal”. La situación se agrava, según la referida Fiscalía, cuando los organismos competentes (Direcciones Regionales de Energía y Minas y la Dirección General de Formalización Minera) “no excluyen de modo inmediato a los informales que incumplen con sus compromisos, lo que ocasiona en la práctica que mineros ilegales se vean respaldados injustamente por la ley y sigan realizando sus actividades sin mayor control de las autoridades”11. En esta línea, la Defensoría del Pueblo ha mostrado su “preocupación en atención a la autógrafa del Dictamen recaído en los Proyectos de Ley N° 688/2021-CR, 705/2021-CR y 733/2021CR, que propone prorrogar la vigencia del proceso de formalización minera integral por tres años adicionales…”12. Este organismo considera que la “referida prórroga también implicaría dificultades en la persecución del delito de Minería Ilegal”. 11 Oficio N° 001110-2020-MP-FN-CN-FEMA, de 23 de octubre de 2020, enviado a la señora Yessica Apaza Quispe, presidenta de la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República. 12 Defensoría del Pueblo, oficio N° 0331-2021-DP, de 21 de diciembre de 2021, enviado a la Señora Mirtha Esther Vásquez Chuquilín, presidenta del Consejo de Ministros.
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