MINERÍA Edición Semanal 296 | Del 12 al 18 de enero 2026

17 AÑO 7 - Nº 296 / ENERO 2026 Coyuntura De acuerdo con la Carta Circular N° 00025-2025-OEFA/ DSEM, se tendría hasta el 21 de enero (o algún día posterior, según cuando se notificó) para entregar la información que indica el recientemente modificado Reglamento de Cierre de Minas a la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas (DSEM). De contar con la data y no entregarla, se corre el riesgo de una multa de hasta 100 UIT. Pero ¿qué está pidiendo exactamente el OEFA? Parafraseo la respuesta, anticipando que todo debe entenderse en el marco de las competencias del OEFA para supervisar el cumplimiento de las medidas del Plan de Cierre de Minas (PCM): a)Responder con un sí o un no a la pregunta de si el titular minero cuenta con los expedientes de ingeniería de detalle de las medidas de cierre comprometidas en el PCM vigente para los componentes mineros que conforman su unidad minera. Precisar quién desarrolló esa ingeniería y cuál fue el año de su elaboración. b)Luego, si se respondió afirmativamente a la pregunta anterior, se deben presentar los estudios de ingeniería de detalle del cierre de esos componentes. Por: Rasul Camborda Vejarano, Alalaw. ¿Cómo interpretar el requerimiento emitido por el OEFA sobre el Reglamento de Cierre de Minas?

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