MINERIA Edición Semanal 335 | Del 12 al 18 de octubre 2026.

25 AÑO 7 - Nº 335 / OCTUBRE 2026 nados a las sustancias químicas, pasando de un enfoque centrado en el cumplimiento formal a uno orientado a la prevención, trazabilidad y control de riesgos a lo largo de toda la cadena de gestión de las sustancias químicas”, explicó el socio del estudio Echecopar, Gonzalo Bernal. Señaló que el cambio alcanza especialmente a las empresas mineras en su condición de usuarias finales, que deberán verificar que las sustancias que adquieren cuenten con la información de peligros, el etiquetado y la FDS correspondientes. “También deberán asegurar que estos documentos estén disponibles y actualizados en las áreas donde se utilizan los productos, además de acreditar que sus procesos de almacenamiento, manipulación, envasado, reenvasado y trasvase se realizan de acuerdo con la información proporcionada por el fabricante o importador”, detalló. A ello se suma, un nuevo escenario de fiscalización en el que participan distintas autoridades según la obligación evaluada. El reglamento distribuye competencias entre el OEFA y las entidades de fiscalización ambiental, la Sunafil en materia laboral y el Indecopi en determinados aspectos vinculados con el etiquetado de productos destinados al uso o consumo final. “Las empresas mineras deberían comenzar por actualizar su inventario de sustancias químicas y revisar que aquellas que adquieren y utilizan cuenten con la clasificación de peligros, el etiquetado y la FDS exigidos por el reglamento”, sostuvo la asociada principal del estudio, Nicole Freire. Lea la nota completa: http://t.ly/XsyFt Gonzalo Bernal.

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