REVISTA MINERÍA 542 | EDICIÓN NOVIEMBRE 2022

MINERÍA la mejor puerta de acceso al sector minero MINERÍA / NOVIEMBRE 2022 / EDICIÓN 542 7 Abstract This study seeks to demonstrate that the application of the Comparable Uncontrolled Price (CUP) method, as stipulated in Article 113-A1 of Chapter 19 of the Income Tax Law Regulations, with respect to transfer prices, is inflexible for analyzing the sale of mineral concentrates to related companies domiciled in non-cooperating countries or territories or in low or zero taxation countries or territories. Using a linear regression model, an equation is estimated to measure the impact of each component of the concentrate sales price formula on the final price. Results suggest that the cost of treatment (or maquila) is the component that has the most significant impact on the final price. Considering that this component is determined by negotiation between the parties involved, it is not always feasible to identify an adequate benchmark that would allow a direct comparison of prices. Thus, the results show that in order to analyze the sale of mineral concentrates -which are within the scope of transfer prices- the most appropriate methodology should be applied to reflect the economic reality of the transaction and not necessarily the CUP. favorecido el comercio internacional entre empresas vinculadas, contexto que a su vez ha motivado la incorporación de metodologías de Precios de Transferencia en diversos países con el objetivo de que las transacciones involucradas tributen de manera adecuada ante los respectivos fiscos. A partir de la aplicación del principio de libre concurrencia o arm´s length, las normativas en materia de Precios de Transferencia buscan corregir las eventuales distorsiones que puedan generarse al pactarse operaciones con negocios vinculados o con empresas domiciliadas en países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición, buscando que las partes involucradas tributen lo que les habría correspondido en situaciones no controladas, es decir, si hubieran pactado con terceros independientes. En el caso particular de Perú, a partir del 2012, se introdujo en la Ley del Impuesto a la Renta y su Reglamento el requerimiento del comúnmente llamado “Sexto Método”, a través de la cual se busca regular los precios de las operaciones de importación o exportación de bienes con cotización conocida en el mercado internacional, entre los cuales se encuentran los concentrados de minerales. Sin embargo, en nuestro país, la problemática de Precios de Transferencia se encuentra no solo en la rigidez de la legislación en esta materia, sino también en su correcta aplicación práctica, esta vez para la industria minera. En tal sentido, el presente trabajo busca abordar como problema de investigación en qué medida la metodología del PCNC –la cual debería aplicarse para evaluar el valor de mercado de los precios de exportación de los concentrados de minerales– reglamentado través del requerimiento del “Sexto Método” se ajusta con el principio de libre competencia o arm´s length. Ello permitirá demostrar que el PCNC resulta ser una metodología de compleja aplicación para evaluar el valor de mercado de los concentrados de minerales. Lo anterior será analizado teniendo en cuenta que en el Artículo 113-A del Capítulo XIX del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, en materia de Precios de Transferencia se requiere que el contribuyente sustente mediante un informe técnico el uso de un método distinto al PCNC. Cabe indicar que este tema se desarrollará bajo un contexto en el que la minería tiene una presencia importante en el país, pues sigue siendo la principal fuente de crecimiento económico. Además, este tema cobra más relevancia considerando que durante el 2021 –en términos de

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