MINERÍA Edición Semanal 152 | Del 10 al 16 de abril 2023

28 Edición Semanal En edición extraordinaria de la separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano correspondiente al lunes 3 de abril, se ha publicado la Resolución Directoral 0233-2023-MINEM/DGM, que establece los vencimientos de los plazos para la presentación de la Declaración Anual Consolidada (DAC) correspondiente al 2022, vencimientos que tienen en cuenta el último dígito del número de RUC y que van del 3 al 10 de julio de este año. Sin perjuicio de lo anterior, debe tenerse muy presente que quizá la parte más importante de la DAC, desde el punto de vista del titular minero, por estar relacionada a la inversión y a la producción mínimas, que evitan el pago de la penalidad, tienen como vencimientos especiales el 30 de abril y el 30 de junio de este año, respectivamente. Así, si en 2022 no se alcanzó la producción mínima, pero se realizó inversiones no menores a 10 veces el monto de la penalidad que le correspondería pagar, se deberá declarar esta inversión mínima en el anexo III de la DAC, solo hasta el 30 de abril. Por: Antonio Vega Gonzales, abogado consultor en derecho minero asociado a LEGALIA. Se establecen plazos para la presentación de la Declaración Anual Consolidada Coyuntura

RkJQdWJsaXNoZXIy MTM0Mzk2