Las empresas mineras no solo deberán adecuar sus procedimientos al nuevo Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Sustancias Químicas, sino también estar preparadas para un esquema de fiscalización que contempla multas de hasta 15,800 UIT por infracciones muy graves, advirtió el estudio Echecopar.El Reglamento del Decreto Legislativo N° 1570, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-2026-MINAM, establece que adquirir sustancias químicas sin el etiquetado y, cuando corresponda, la Ficha de Datos de Seguridad (FDS), puede ser sancionado con una multa de hasta 15,800 UIT (cerca de S/ 87 millones). Asimismo, el incumplimiento de las indicaciones contenidas en las etiquetas y FDS, o la falta de etiquetado cuando la empresa realiza actividades de envasado, reenvasado o trasvase, puede generar multas de hasta 14,300 UIT.“El nuevo reglamento exige que las compañías adopten una gestión más activa y documentada de los riesgos relacionados a las sustancias químicas, pasando de un enfoque centrado en el cumplimiento formal a uno orientado a la prevención, trazabilidad y control de riesgos a lo largo de toda la cadena de gestión de las sustancias químicas”, explicó el socio del estudio Echecopar, Gonzalo Bernal.Señaló que el cambio alcanza especialmente a las empresas mineras en su condición de usuarias finales, que deberán verificar que las sustancias que adquieren cuenten con la información de peligros, el etiquetado y la FDS correspondientes.“También deberán asegurar que estos documentos estén disponibles y actualizados en las áreas donde se utilizan los productos, además de acreditar que sus procesos de almacenamiento, manipulación, envasado, reenvasado y trasvase se realizan de acuerdo con la información proporcionada por el fabricante o importador”, detalló.A ello se suma, un nuevo escenario de fiscalización en el que participan distintas autoridades según la obligación evaluada. El reglamento distribuye competencias entre el OEFA y las entidades de fiscalización ambiental, la Sunafil en materia laboral y el Indecopi en determinados aspectos vinculados con el etiquetado de productos destinados al uso o consumo final.“Las empresas mineras deberían comenzar por actualizar su inventario de sustancias químicas y revisar que aquellas que adquieren y utilizan cuenten con la clasificación de peligros, el etiquetado y la FDS exigidos por el reglamento”, sostuvo la asociada principal del estudio, Nicole Freire.Agregó que la revisión no debería limitarse a los documentos de compra. Las compañías tendrán que verificar también sus procedimientos de capacitación, uso de equipos de protección personal, respuesta frente a derrames y gestión de los envases y residuos generados al término del ciclo de vida de las sustancias químicas.Sustancias de riesgoOtro aspecto que deberá ser revisado corresponde a las sustancias químicas de mayor riesgo utilizadas en las operaciones. Las empresas deberán identificar aquellas que presenten características carcinógenas, mutagénicas, tóxicas para la reproducción o peligrosas para el ambiente, y evaluar las medidas de prevención, control y respuesta aplicables. Estas medidas deberán incorporarse progresivamente en los instrumentos de gestión ambiental, de acuerdo con los plazos previstos por el Reglamento.“El principal reto para las empresas será identificar si las sustancias químicas que fabrican, importan, comercializan o utilizan se encuentran dentro del alcance del nuevo marco regulatorio y determinar cuáles son las obligaciones que les resultan aplicables”, precisó Freire.Bernal explicó que el nuevo marco supone además un cambio en la forma de gestionar los riesgos químicos, debido a que las obligaciones ya no recaen únicamente en fabricantes e importadores, sino que se distribuyen entre los distintos actores que participan en la cadena, incluidos distribuidores, comercializadores, transportistas y usuarios finales. En el caso de las empresas mineras, esto implica fortalecer los mecanismos internos que permitan seguir la información de las sustancias desde su adquisición hasta su uso y disposición final.“Uno de los principales cambios introducidos por el Reglamento es que adopta un enfoque de gestión integral de las sustancias químicas a lo largo de todo su ciclo de vida”, indicó el socio de Echecopar.Freire añadió que la implementación requerirá una coordinación más estrecha entre las áreas de operaciones, seguridad, medio ambiente, compras y legal, debido a que el cumplimiento no dependerá únicamente de contar con determinados documentos, sino de que los procedimientos establecidos se encuentren efectivamente aplicados y puedan ser demostrados ante las autoridades.Prepararse ahoraEl Reglamento entrará en vigor en octubre y contempla una implementación progresiva de determinadas obligaciones. Para los especialistas de Echecopar, este periodo debe ser aprovechado por las empresas para revisar sus inventarios, contratos y documentación de proveedores, actualizar sus procedimientos y fortalecer los mecanismos de prevención y respuesta antes de que el nuevo régimen de obligaciones y fiscalización resulte plenamente exigible.
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