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MINEM OPTIMIZA PROCEDIMIENTOS PARA LA EXPLORACIÓN MINERA

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) informó la publicación del Decreto Supremo N° 014-2026-EM, norma que modifica el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, con el objetivo de hacer más ágiles y predecibles los procedimientos de evaluación ambiental sin alterar los estándares de protección vigentes.

Entre los principales cambios, se amplía de 40 a 60 el número de plataformas de exploración minera que pueden tramitarse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), instrumento cuyo procedimiento de evaluación tiene una duración de 30 días hábiles. Anteriormente, los proyectos que superaban las 40 plataformas debían tramitar un Estudio de Impacto Ambiental semidetallado, con un plazo de evaluación de 90 días hábiles.

La norma también regula los plazos de las autoridades y los administrados durante el procedimiento, evita la duplicidad de observaciones entre las entidades evaluadoras y crea mecanismos de asistencia técnica para que los titulares puedan levantarlas oportunamente.

Además, permite notificar al administrado con las observaciones de la entidad evaluadora aun cuando una entidad opinante demore en emitir su informe, procedimiento que hasta ahora quedaba suspendido en esos casos.

“Estas modificaciones no significan ceder terreno en materia ambiental. Los estándares de protección se mantienen intactos. Lo que hacemos es ordenar y agilizar el procedimiento, para que el país pueda contar con más proyectos de exploración, más inversión y más empleo”, señaló el ministro de Energía y Minas, Waldir Ayasta.

 Con esta medida, el Minem también busca brindar mayor seguridad jurídica a los administrados, en un marco de pleno cumplimiento de la normativa ambiental.

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