La gestión de sustancias químicas en el Perú está entrando en una nueva etapa y las empresas mineras deberán pasar de un enfoque centrado principalmente en el almacenamiento y manipulación, a uno que abarque todo el ciclo de vida de estos productos, desde su fabricación e importación hasta su utilización, transporte, almacenamiento y disposición final, explicó el ingeniero de Seguridad Minera en MMG Las Bambas, Nils Amado Fernández.Indicó que el nuevo marco regulatorio, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-2026-MINAM y publicado el 8 de abril entrará en vigencia en octubre, por lo que las empresas que fabrican, importan, almacenan, transportan o utilizan sustancias químicas en el Perú deberán adecuar sus procesos a nuevas exigencias de seguridad.“Una de las principales novedades es la incorporación obligatoria del Sistema Globalmente Armonizado –SGA– para la señalización de los productos químicos”, detalló durante una conferencia magistral organizada por la Seccional Arequipa.Asimismo, expresó que la entrada en vigor del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Sustancias Químicas obligará a las compañías a reforzar la trazabilidad, etiquetado y gestión de productos durante todo su ciclo de vida.En ese sentido, remarcó que la finalidad de la Ley 1570 es “reducir los riesgos que derivan de las actividades de fabricación, de importación, almacenamiento, transporte, uso, comercialización o ya sea su desecho o dispersión final”, bajo un enfoque que considera todas las etapas por las que atraviesa una sustancia química.El especialista advirtió que el cambio no se limita a modificar etiquetas, sino que obliga a revisar la gestión de las sustancias químicas desde su adquisición hasta su disposición final. Entre las nuevas exigencias se encuentran el correcto etiquetado de los productos, la disponibilidad de fichas de datos de seguridad, la capacitación de los trabajadores, la adopción de medidas para reducir los riesgos y la atención de las inspecciones de las autoridades.Uno de los aspectos que demandará especial atención en las operaciones será el trasvase de sustancias químicas. Amado detalló que cuando un producto sea trasladado de su envase original a otro recipiente, este deberá ser nuevamente identificado y etiquetado conforme al reglamento y a la información contenida en su Ficha de Datos de Seguridad (FDS).“Si hay que hacer algún trasvase, obligatoriamente el nuevo envase tiene que cumplir con lo que está en el reglamento, es decir, con el sistema globalmente armonizado y lo que mande la ficha de datos de seguridad de las sustancias químicas”, explicó.La implementación del SGA supone además que las sustancias químicas sean clasificadas y comunicadas mediante un lenguaje común que incluye la clasificación de peligros, etiquetas, pictogramas, palabras de advertencia, frases de peligro y frases de precaución. A ello se suman las Fichas de Datos de Seguridad, estructuradas en 16 secciones. “De esta forma estamos unificando el lenguaje de comunicación y de advertencia de peligros de sustancias químicas de nuestro país a lo que viene siendo la tendencia a nivel mundial”, sostuvo.Para las empresas, esto implica contar con productos correctamente etiquetados, disponer de FDS actualizadas, capacitar a los trabajadores, aplicar medidas de reducción del riesgo, mantener registros y atender las acciones de supervisión y fiscalización que correspondan. La nueva regulación distribuye competencias entre el MINAM, OEFA, SUNAFIL e INDECOPI, según el ámbito de sus funciones.Más allá del almacenamientoAmado señaló que uno de los principales cambios introducidos por el nuevo marco legal es que la gestión de sustancias químicas deja de concentrarse únicamente en las condiciones de almacenamiento y pasa a considerar las distintas etapas de su ciclo de vida, con responsabilidades para fabricantes, importadores, distribuidores y usuarios.Este enfoque resulta especialmente relevante para actividades como la minería, donde se emplean sustancias con diferentes características de peligrosidad. El nivel de riesgo depende, entre otros factores, del estado físico del producto, su concentración, las condiciones del puesto de trabajo, las vías de ingreso al organismo y el tiempo de exposición. “La concentración es muy importante porque el tema de higiene industrial, las concentraciones son fundamentales para poder poner controles apropiados”, explicó el especialista.En este contexto, la capacitación adquiere un papel central, debido a que una misma sustancia puede generar distintos niveles de riesgo según las condiciones de exposición. “Es fundamental darle esa preparación a la gente para que pueda protegerse y evitar, como lo hemos visto, un daño agudo que se presente de forma inmediata o un daño crónico que se vaya a presentar a largo plazo”, afirmó.El reglamento también contempla el Registro Nacional de Sustancias Químicas (RENASQ), administrado por el MINAM, que reunirá información sobre fabricantes e importadores, las sustancias químicas, sus nomenclaturas, cantidades fabricadas o importadas, usos, fichas de datos de seguridad y evaluaciones de riesgo cuando corresponda. Según Amado, el objetivo es contar con información que permita gestionar adecuadamente los riesgos asociados a estos productos.La norma establece, además, un periodo de adecuación para determinados aspectos de su implementación. De acuerdo con la exposición, existe un plazo de cinco años, hasta 2030, para alinear la producción, las bases de almacenamiento y otros elementos pertinentes con las exigencias del nuevo marco, particularmente en materia de señalización y etiquetado. Durante este proceso, las empresas deberán avanzar también en la actualización de sus fichas de seguridad, capacitación del personal, identificación de peligros, adecuación de almacenes y mantenimiento de registros.De esta manera, la entrada en vigencia del reglamento marcará un cambio en la forma en que las organizaciones gestionan los productos químicos, al incorporar mayores exigencias de identificación, información y control desde el momento en que una sustancia ingresa a la empresa hasta su utilización y disposición final.
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