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DESARROLLO HUMANO, PRODUCTIVO Y MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO A TRAVÉS DEL MECANISMO DE OBRAS POR IMPUESTOS

Trabajo ganador en el área Legal y Tributario en el Foro TIS, PERUMIN 35.

Por: César Reyna Ugarriza, jefe de Relaciones Comunitaria, Macusani Yellowcake.


Resumen

A través de la implementación del mecanismo de Obras por Impuestos (OxI), introducido en el ordenamiento legal en 2008, se permite que cualquier empresa privada, de manera individual o en consorcio, pueda financiar, implementar y brindar mantenimiento a proyectos de inversión pública –que ayuden a reducir a la brecha en infraestructura– con cargo hasta el 50% del pago de su Impuesto a la Renta de Tercera Categoría por año.

Si bien por medio del mecanismo se ha podido cubrir una fracción de las demandas de la población en materia de infraestructura, cuyo déficit sigue siendo bastante alto1, es necesario considerar una mejor asignación de los recursos del canon minero generado por las empresas del sector hacia importantes objetivos actuales, tales como la generación de desarrollo humano, el aumento de la productividad y la mitigación del cambio climático. Se cree que las empresas mineras podrían contribuir mucho o enormemente para afrontar tres de los grandes desafíos que presenta la humanidad. 

Este cambio de orientación, requiere indudablemente, de una modificación normativa que no implicaría suprimir el mecanismo de OxI, sino por el contrario, complementarlo, sobre todo viendo los resultados obtenidos a lo largo de su aplicación, esto con la única finalidad de impulsar acciones concretas para cerrar brechas sociales de manera efectiva, generar mayor prosperidad en el país y mitigar o controlar los indeseados efectos del cambio climático. 

La modificación propuesta es viable, según los argumentos y resultados obtenidos, y supone introducir algunos cambios que deben ser debidamente evaluados de manera intersectorial –por los diferentes ministerios– y en los distintos niveles de gobierno, tanto central, regional como distrital. Esto podría generar importantes incentivos económicos para actuar de manera más efectiva, rápida y concertada entre sector público y privado en áreas clave para alcanzar el bienestar colectivo y la conservación del ambiente, máxime si se sabe que estos factores se encuentran íntimamente relacionados.

Introducción

En la actualidad los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas exigen que los gobiernos, el sector privado y la sociedad civil asuman un conjunto de metas globales concretas destinadas erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para las generaciones presentes y futuras. Esta ambiciosa agenda se sintetiza en los ODS, y prácticamente todos guardan estrecha relación con la propuesta de reforma del mecanismo de OxI. De ahí la necesidad de considerarla y discutirla ampliamente en los espacios de deliberación pertinentes para determinar su viabilidad legal y mejor forma de aplicación.

Con respecto al cambio climático, el International Council on Mining & Metals (ICMM), advirtió que:

“El cambio climático es una de las amenazas más serias a las que se enfrentan las sociedades, las economías y el medio ambiente en todo el planeta. Un clima cambiante genera asimismo desafíos significativos para la industria minera y metalúrgica. Estos riesgos incluyen los daños que pueden sufrir las infraestructuras como consecuencia de las inundaciones y tempestades, la interrupción del transporte, que afecta a la fiabilidad de la cadena de suministro, y una competencia creciente por recursos sensibles al clima, como el agua y la energía. Desde un punto de vista más general, los efectos del cambio climático están afectando a la salud humana, el rendimiento de los cultivos, la disponibilidad de agua y los asentamientos humanos” (ICMM, 2022).

Ahora bien, la sostenibilidad del sector minero a nivel mundial depende en gran medida de lograr la competitividad de sus proyectos en el mercado y la sociedad con bajas emisiones de carbono, pero esta reducción no debería centrarse exclusivamente en las emisiones de gases de efecto invernadero directamente ligadas a las producidas por sus operaciones, sino también a otros factores o elementos que contribuyen a deteriorar las condiciones ambientales. 

De lo anterior, se busca tratar aquellas alteraciones que no se encuentran relacionadas o ligadas con el desarrollo de las actividades extractivas. Ello conlleva a realizar estudios científicos multidisciplinarios y realmente participativos –que logren involucrar a todas las partes interesadas– sobre las distintas causas y efectos del cambio climático, en particular sobre la región andina, donde por ejemplo, se ubican importantes glaciares y nevados, y donde también muchas empresas multinacionales desarrollan actividades.

En la actualidad varias compañías han concentrado sus acciones en asegurar la disponibilidad del recurso hídrico (agua dulce) para ayudar a las comunidades vulnerables a adaptarse a las consecuencias del cambio climático (son los casos de compañías como Buenaventura, Cerro Verde, Barrick, entre otras). Pero esta responsabilidad, asumida particularmente en el ámbito de su área de influencia, podría potenciarse aún más si las empresas contaran con los incentivos adecuados para incidir de manera más directa y efectiva sobre el desarrollo socioeconómico sostenible de las comunidades de su entorno y, a la vez, puedan contribuir más eficazmente en la tarea de controlar los efectos del cambio climático.

Dado que varias empresas han optado por recircular el agua y desalinizar la de mar que utilizan en sus procesos, es probable que no sufran significativamente una menor disponibilidad del recurso hídrico que proviene de las cuencas altoandinas. Si bien no se descarta un impacto económico del cambio climático sobre el sector, su acceso a diversas tecnologías y la implementación de procesos más eficientes limitaría su impacto sobre la industria. Por ello, es de esperar que el sector minero se encuentre mejor posicionado o en ventaja con respecto a otros actores como las comunidades que se encuentran en las áreas de influencia de sus proyectos.

En el caso peruano, la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) ha promovido entre sus agremiados el uso eficiente del agua y la protección de la biodiversidad. Asimismo, ha incentivado prácticas como la forestación, reforestación y el uso de matrices energéticas limpias y sostenibles. 

Adicionalmente, a nivel gubernamental, el Ministerio del Ambiente peruano, a través del Decreto Supremo Nº 011–2015 — MINAM, aprobó en 2015 la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático. Esta norma dispuso una serie de medidas destinadas a reducir las emisiones de efecto invernadero por parte de las empresas privadas del sector minero.

En esa línea, la regulación nacional obliga a considerar la variable del cambio climático en los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) a través de la normativa minera. Ello ha generado la inclusión de lineamientos sobre la adaptación al cambio climático dentro de dicho instrumento de gestión ambiental. Por ello, las empresas mineras deben considerar en sus EIA el impacto de sus operaciones en la generación de gases de efecto invernadero y establecer mecanismos adecuados para reducirlos. 

Asimismo, las compañías deben precisar su huella de carbono y huella hídrica. Los referidos lineamientos también señalan que debe determinarse el impacto que tendrá el cambio climático en las actividades mineras. Las empresas, por tanto, deben establecer cómo afectará a sus operaciones y cómo planean afrontar dicho escenario.

Empero, estas exigencias u obligaciones legales, e incluso algunas acciones voluntarias y responsables de las compañías, no parecen ser suficientes para reducir los efectos que el cambio climático presenta en lo inmediato y a futuro. 

Por tanto, hay mucho trabajo por hacer por parte del Estado, las empresas privadas y la sociedad civil en general. Ello no impide que las compañías mineras sigan realizando esfuerzos y mejoras continuas en la reducción de sus emisiones, o implementando programas innovadores que sigan contribuyendo a la revegetación y reforestación.

Por otro lado, un desafío adicional consiste ampliar los objetivos del mecanismo de OxI para que pueda contribuir eficazmente al desarrollo a nivel local. Esto no ha sido realmente posible debido a que se ha concentrado en la ejecución de obras de infraestructura pública (construcción de sedes de colegios, hospitales, carreteras, puentes, represas, etc.), pero no en la generación de desarrollo humano integral ni en el aumento sostenido de la productividad. 

Es por ello que se plantea en esta investigación cómo o de qué manera las empresas podrían realizar acciones más significativas y, además, qué tipo de incentivos o marcos regulatorios necesitan para alentar sus esfuerzos de cara a la generación de desarrollo humano, productivo, y cómo podrían aportar más eficazmente en la mitigación de los impactos del cambio climático. 

Objetivos 

Entre los objetivos de la investigación tenemos los siguientes:

a) Justificar los cambios que se requiere a nivel normativo para ampliar los alcances del mecanismo de Obras por Impuestos (OxI) para que pueda convertirse en un instrumento capaz de impulsar el desarrollo humano, productivo y contribuya a mitigar los efectos del cambio climático. 

b) Elaborar la redacción alternativa de las secciones y artículos pertinentes de la Ley Nº 29230, Ley que Impulsa la Inversión Regional y Local con Participación del Sector Privado, para que los cambios normativos planteados puedan implementarse. 

c) Precisar la relación de beneficios que obtendría el Estado, la empresa privada y la sociedad de producirse las modificaciones propuestas en la investigación. 

Metodología de trabajo

El presente trabajo parte de la revisión del marco jurídico vigente en materia de Obras por Impuestos (OxI), el análisis de la aplicación del mecanismo en la práctica, y la evaluación de los ajustes legales y técnicos que se requieren para abordar las necesidades del presente y del futuro, en aras de optimizar la ejecución de los recursos públicos. 

Base legal 

A continuación, se presenta el marco legal vigente sobre el mecanismo de Obras por Impuestos (OxI):

ν Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión regional y local con participación del sector privado. Decreto Supremo Nº 294-2018-EF que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29230, publicado el 16.12.2018. 

ν Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 29230, Decreto Supremo Nº 295-2018-EF aprueba TUO del Reglamento de la Ley Nº 29230, publicado el 16.12.2018.  

ν Decreto Legislativo 1534, que modifica la Ley Nº29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, y Dispone Medidas para Promover la Inversión Bajo el Mecanismo de Obras por Impuestos, publicado el 19 de marzo de 2022.

ν Decreto Legislativo 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. 

ν Decreto Supremo 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.

ν Resolución Directoral 001-2018-EF/68.02, que aprueba los Documentos estandarizados establecidos en la primera disposición complementaria final del Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento de la Ley 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, aprobado por el Decreto Supremo 295-2018-EF. 

ν Directiva 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. 

ν Decreto Supremo 027-2017-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo 1252. 

ν Resolución de la Contraloría 148-2016-CG, que aprueba la Directiva 012-2016-CG/GPROD, para la emisión de informe previo establecido por el literal l del artículo 22 de la Ley 27785.

¿Cómo funciona el mecanismo de Obras por Impuestos (OxI)?

El mecanismo de Obras por Impuestos (OxI) fue establecido en Perú en 2008 mediante la Ley N° 29230, pero su implementación no fue hasta un año después, es decir, en 2009. 

Según ProInversión, este innovador mecanismo agiliza la inversión pública en infraestructura, en la cual el sector público trabaja en cooperación con el sector privado pues, este último invierte (a costo financiero cero para el Estado) en la ejecución de Proyectos de Inversión Pública (PIP) a través de la suscripción de convenios entre entidades privadas con el gobierno nacional, gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades públicas. 

Una vez concluida la ejecución de la obra, la recuperación del monto invertido por la empresa privada se da mediante los Certificados de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL) o Certificados de Inversión Pública del Gobierno Nacional (CIPGN) provenientes del canon y sobrecanon, regalías, con cargo futuro al Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, y con un tope máximo de 50% de dicho tributo correspondiente al ejercicio anterior.

Si bien el Estado deja de percibir monetariamente una de sus fuentes de ingreso, como es el Impuesto a la Renta de las empresas, esta sinergia le permite liberar recursos que pueden ser usados para ejecutar diversos proyectos, en particular para acelerar la construcción de carreteras, caminos vecinales, hospitales, centros educativos, pistas, veredas, obras de saneamiento, albergues y puentes que aportan al crecimiento y desarrollo de distintas localidades.

Importancia del mecanismo de Obras por Impuestos (OxI) 

A la fecha, el sector minero-energético ha comprometido montos superiores los S/. 3 mil millones en OxI, según Darío Zegarra, presidente de la Alianza de Obras por Impuestos (Aloxi), una asociación civil sin fines de lucro conformada por diversas empresas que emplean este mecanismo para reducir la gran brecha de infraestructura en el país (Proactivo, 2022).

Agregó que existen 463 proyectos adjudicados y 21 millones de beneficiados a nivel nacional, gracias a este instrumento de carácter altamente descentralizador. “Actualmente somos 129 empresas privadas que hemos colaborado con este importante mecanismo”, remarcó el titular de Aloxi (Proactivo, 2022).

Zegarra destacó “que las empresas del sector minero energético son las principales contribuyentes de este mecanismo en los distintos territorios. De los 6,200 millones, el 51% (3,191 millones) pertenecen al sector minero energético. El 90% de los proyectos de OxI son descentralizados” (Proactivo, 2022).

Zegarra refirió “que existe una oportunidad para extender la utilización del mecanismo de Obras por Impuestos en la ejecución de inversiones de optimización, ampliación, rehabilitación y reposición de infraestructura (IOARR). Una alternativa interesante” (Proactivo, 2022).

“Las IOARR son un mecanismo que nos permite hablar no solo de infraestructura nueva, sino de infraestructura existente que puede ser mejorada. Y además vemos una gran oportunidad porque son inversiones de bajar complejidad”, apuntó (Proactivo, 2022).

Finalmente, el presidente de Aloxi, remarcó que actualmente hay más de 14 mil 800 millones disponibles para trabajar en Obras por Impuestos. “Solo considerando el 50% del impuesto a la renta de las principales empresas que pagan este impuesto, tenemos más de 6,700 millones de soles disponibles” (Proactivo, 2022).

Ahora bien, “desde su creación en 2009 hasta abril de este año, las inversiones por Obras por Impuestos vienen acumulando montos por 11,927 millones de soles que corresponde a una cartera de 963 proyectos, que incluye obras concluidas, en ejecución, adjudicadas y en promoción” (Meneses, 2022).

“Este último (rubro) es el que tiene proyectos con más presencia en esta cartera (52%) con 502 proyectos valorizados en 5,675 millones de soles” (Meneses, 2022).

“Entre 2009 al 2022, Cusco lidera el mayor número de Obras por Impuestos con 213 proyectos valorizados en 2,279 millones de soles, le siguen Arequipa con 102 (1,522 millones de soles), Cajamarca 93 (586 millones de soles) y Áncash 84 (1,457 millones de soles)” (Meneses, 2022).

“En tanto, solo para el 2022 la cartera de proyectos de Obras por Impuestos asciende a 180 millones de soles con un total de 19; no obstante, el IEDEP estima que al finalizar en el año 64 obras valorizadas en 800 millones de soles que podrían recibir la buena pro bajo este mecanismo, convirtiéndose en el tercer monto más alto desde la existencia de esta modalidad en 2009” (Meneses, 2022).

“Los sectores de mayor importancia son Educación (18), Orden Público (11) y Transporte (10)” (Meneses, 2022).

Por su parte, “las universidades públicas cuentan con un potencial de 725 millones de soles para ejecutar proyectos de inversión mediante la modalidad de Obras por Impuestos (OxI), según el tope de emisión de los certificados de inversión pública regional y local (CIPRL), establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), informó la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión)” (El Peruano, 2022).

En lo que respecta al canon minero y regalías, “los gobiernos regionales y locales recibieron 40,000 millones de soles por concepto de canon y regalías entre los años 2011 y 2020 como producto de las actividades productivas del sector minero en el país” (Andina, 2021), esto según la SNMPE. “Del monto total, 30,371 millones de soles correspondieron a canon minero y 9,619 millones de soles a regalías mineras” (Andina, 2021). 

En ese orden de ideas, “entre los años 2011-2020, en promedio, el 22% de los presupuestos de los gobiernos subnacionales (regionales y locales) fue financiado con los recursos provenientes de dichas transferencias” (Andina, 2021). 

“La SNMPE, indicó que -en los últimos 10 años- los gobiernos regionales y municipales que reciben canon y regalías mineras, han ejecutado en promedio el 61% de los recursos presupuestados con estos fondos” (Andina, 2021).

Dada la difícil coyuntura económica por la que atraviesa el país, el mecanismo OxI representa uno de los pocos factores que pueden impulsar y dinamizar el crecimiento, además de la inversión en minería, por lo que se debe asegurar la ejecución y mantenimiento de los proyectos de inversión pública en infraestructura para promover el empleo en el sector de servicios y construcción, así como generar nuevos ingresos, con el fin de dotar a distintas jurisdicciones de mejores condiciones de vida a través de la ejecución de Obras por Impuestos.

La deficiente ejecución presupuestal de los gobiernos subnacionales como oportunidad para redirigir recursos hacia otras metas como el desarrollo humano, aumentar la productividad y combatir los efectos del cambio climático 

De acuerdo con Darío Zegarra, presidente de Aloxi, “en los últimos 5 años se ha dejado de gastar más de S/142,900 millones” (Proactivo, 2022). Es decir, se dejan de ejecutar recursos por el orden del 40% del presupuesto anual de las regiones en promedio. De ahí que parte de esos recursos podrían ser asignados a objetivos o metas tan o más importantes como los planteados en el título de esta sección y no solo a la reducción de la brecha en infraestructura pública.

En torno “al uso de estos recursos por parte de los gobiernos subnacionales, - la SNMPE sostuvo- que, en el promedio general, aproximadamente el 50% de lo ejecutado corresponde a proyectos de transporte, planeamiento y educación; y que, en algunas regiones, esta priorización de gasto no tiene un correlato con las brechas sociales y de infraestructura” (Andina, 2021).

En ese sentido, resulta relevante focalizar la inversión y mejorar la transparencia y eficiencia en el manejo de los recursos públicos (del canon y regalías). Existe, evidentemente, una muy baja efectividad y eficiencia en la gestión presupuestal de los recursos que provienen del desarrollo de las actividades mineras.

Por ello, se plantea la modificación de la Ley Nº 29230, en la que incluso se podría establecer la habilitación de un fideicomiso para administrar mejor los fondos con énfasis en el desarrollo territorial, lo que implica, necesariamente, el desarrollo de competencias, habilidades, destrezas y capacidades a nivel local. Esto se realizaría mediante la capacitación a docentes, tanto de educación escolar como técnica y universitaria, y a través de la contratación de personal sanitario y administrativo calificado en zonas donde se precisan mayores inversiones sociales por el déficit de atención. 

Un enfoque de desarrollo integral debe estar orientado a potenciar el recurso humano al igual que la promoción de actividades productivas y las potencialidades que puede ofrecer un determinado territorio en materia agropecuaria, acuícola, forestal, turística, etc. El centro de todo avance o progreso social radica esencialmente en el incremento de capacidades intelectuales y productivas de los individuos que habitan un territorio, por ende, corresponde invertir en el mejoramiento de los servicios de salud, educación, agua potable y riego con fondos priorizados del canon y regalías con mayor celeridad y efectividad. 

No se puede esperar una mejor administración y distribución del canon y las regalías mineras si el personal administrativo (funcionarios y servidores públicos) de los gobiernos subnacionales no se encuentran debidamente preparados para asumir diversas funciones y gestionar mayores recursos. Por ende, esto solo puede lograrse mediante la inversión en el fortalecimiento institucional, que pasa necesariamente por la formación y capacitación del personal de los gobiernos regionales y locales. Por ese motivo deben reorientarse los recursos del canon y las regalías para generar y mejorar las capacidades de quienes atienden directa o indirectamente las demandas y necesidades de la población.  

¿Por qué debe ser modificado el mecanismo de Obras por Impuestos?

La Guía Metodológica del Mecanismo de Obras por Impuestos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF, 2020) señala que “existe suficiente evidencia acerca del impacto positivo del desarrollo de infraestructura y servicios públicos sobre el crecimiento económico (medido con el aumento en la productividad, conectividad a nivel local con los mercados externos y creación de empleo) y el desempeño social (medido con indicadores de reducción de pobreza y una distribución equitativa del ingreso)”. 

Lo que se ha avanzado en el país gracias al mecanismo de OxI ha permitido la implementación de interesantes proyectos en transporte, electrificación rural, telecomunicaciones, agricultura y riego, además de infraestructura en agua y saneamiento (represas, acueductos, canales de irrigación, etc.). La cartera de proyectos abarca también la construcción de infraestructura en salud y educación.

Sin embargo, la provisión de infraestructura básica no es totalmente determinante para la prestación de servicios de calidad en los lugares donde se ha ejecutado debido a que se requiere algo más que locales y equipos para que funcione realmente un hospital, posta médica o colegio, por citar algunos ejemplos, toda vez que son sistemas de gestión, organizaciones o instituciones las que ponen en funcionamiento efectivamente los servicios de salud y educación. 

Dicho de otro modo, la infraestructura por si sola no basta para atender necesidades sanitarias si los centros de salud no cuentan con médicos, enfermeras, técnicos, personal de apoyo logístico, chóferes de ambulancia, etc., así como contar con el presupuesto operativo correspondiente y tener procedimientos administrativos claros y efectivos. 

Lo mismo ocurre con los centros educativos, pues las sedes donde se imparten clases a los estudiantes -que son las que se construyen gracias al mecanismo de OxI-, no son suficientes para brindar lecciones y aprendizajes de calidad, ya que se requiere, principalmente, de profesores calificados, directores, psicólogos, etc. Esto es, el componente profesional y técnico humano que permite la prestación efectiva del servicio. 

Esto implica que, aun cuando es importante contar con una infraestructura moderna, completa y segura, tanto o mucho más importante es contar con la dotación de personal adecuado y los recursos o fondos necesarios para solventar la provisión de servicios de calidad. 

Cerrar brechas en infraestructura está muy bien, pero falta lo más relevante: el factor o componente humano (capital humano) que es capaz de utilizar la infraestructura y equipamiento en beneficio de grandes sectores de la sociedad, especialmente los más vulnerables. 

De modo que, para aprovechar eficazmente los recursos provenientes del canon minero, cuyo monto se incrementa cada vez que suben los precios de diversos metales, debe pensarse en otros mecanismos que permitan la participación del sector privado en el desarrollo de competencias humanas y capacidades productivas, toda vez que son las únicas que aseguran el mejoramiento de la calidad de vida y el crecimiento sostenido de la economía, siempre que sea responsable. 

En ese sentido, se debe pasar de un modelo de inversión/gasto orientado hacia la construcción y mantenimiento de grandes infraestructuras públicas, hacia uno dirigido a la prestación efectiva de servicios públicos por medio de la promoción del desarrollo humano y productivo, y esto se logra, esencialmente, con la contratación de personal calificado, tanto médicos como docentes de primer nivel para atender las necesidades sanitarias y educativas, para así poder cerrar brechas de manera efectiva y ofrecer las mismas oportunidades para todos. 

Reducir brechas socioeconómicas consiste básicamente en diseñar e implementar programas que generen igualdad en las condiciones iniciales –o de partida– para todos. Esto es, que cada persona, sin importar su condición social y/o ubicación geográfica, pueda acceder a servicios básicos de calidad, fundamentalmente en lo concerniente a la salud y educación, con el fin de que pueda desarrollar su potencial humano en base a su propio esfuerzo y dedicación. 

Pero para que ello suceda, el cambio que se requiere demanda algunos ajustes o reformas en los mecanismos existentes que permiten la atención de necesidades sociales –como la de infraestructura– mediante la ejecución de recursos públicos. 

En ese orden de ideas, lo que se plantea es que el Estado no coloque todos los huevos en una sola canasta –en lo que al destino de los recursos públicos del canon minero se refiere–, sino que diversifique la asignación de recursos entre fines posiblemente superiores o complementarios como la inversión en la generación de capital humano y la mitigación del cambio climático. 

Ello no implica descuidar la inversión en infraestructura, habida cuenta del gran déficit que presenta el país en dicho rubro, sino en destinar parte de los recursos públicos (Impuesto a la Renta de Tercera Categoría), en este caso los ejecutados por el sector privado, a objetivos centrales como el desarrollo humano y la necesidad de hacer frente a las consecuencias de la elevación de la temperatura en el planeta.  

¿Qué se entiende por desarrollo humano?

El desarrollo humano es un proceso por el que las sociedades experimentan mejoras sustantivas en las condiciones de vida de sus ciudadanos por medio del aumento de los bienes y servicios con los que se suele atender sus necesidades básicas y complementarias, y de la existencia de un ambiente en el que se respeten y protejan los derechos humanos.

Al respecto, “El PNUD (1990) define el desarrollo humano como un proceso mediante el cual se amplían las oportunidades de las personas; estas oportunidades son diversas y pueden cambiar en el tiempo, pero las más esenciales para cualquier nivel de desarrollo son: una vida prolongada y saludable, el acceso a la educación y disponer de los recursos para disfrutar de un nivel de vida decente; otras oportunidades que valoran los individuos son las libertades políticas, económicas y sociales, el respeto de los derechos humanos, la posibilidad de ser creativo y productivo, el respeto a sí mismo, entre otras” (Rosales, 2017). 

Desarrollo Humano por Impuestos (DHxI)

Se parte de la premisa de que no basta ejecutar obras de infraestructura para cerrar, eliminar o reducir brechas sociales (socioeconómicas) si se olvida o descuida el desarrollo de capacidades entre la población vulnerable para generar capital humano. El Banco Mundial (BM), define que “el capital humano comprende los conocimientos, las habilidades y la salud que las personas acumulan a lo largo de su vida y que les permiten desarrollar su potencial como miembros productivos de la sociedad” (Banco Mundial, 2018). 

Lo que se plantea en términos sencillos es que parte de los impuestos que pagan las empresas generadoras de renta de tercera categoría se destine al diseño, financiamiento e implementación de proyectos, planes y y/o programas orientados a desarrollar habilidades productivas, aumentar competencias educativas y mejorar la empleabilidad de las personas, en particular aquellas ubicadas en zonas donde se encuentran los proyectos extractivos.

A través de este mecanismo se busca formar o fortalecer competencias educativas entre estudiantes de primaria y secundaria, competencias académicas para universitarios e inscritos en carreras técnicas, capacidades laborales para trabajadores calificados o no calificados, y, finalmente, competencias en materia de gestión empresarial para aquellos que incursionen o deseen hacerlo en emprendimientos productivos. Esto debido a que la única manera de aprovechar realmente los recursos que genera la actividad privada, en especial la minería, es mediante la formación y generación de capital humano.

Entonces, si se incrementan los conocimientos y destrezas de la población, se podrá gestionar mejor el presupuesto público que administran gobiernos distritales, provinciales y regionales, así como el canon minero y regalías, ya que estas instituciones contarán con personal debidamente calificado. Nótese que el déficit que caracteriza a estas entidades es principalmente en materia de gestión pública, lo que imposibilita el desarrollo y más bien estimula o fomenta la corrupción. Se considera que de ese modo se generarán nuevos liderazgos locales que permitan la atención de las grandes necesidades de la población.

Este mecanismo podría aplicarse para promover, por ejemplo, oportunidades de negocio y distintas actividades empresariales de manera que los emprendedores locales, una vez capacitados gracias a programas financiados por el nuevo mecanismo de Desarrollo Humano y Productivo por Impuestos (DHPxI), se conviertan en proveedores calificados de municipios y compañías con la finalidad de obtener contratos como los de construcción de obras de infraestructura pública y privada. De esa forma, no solo crecería el empleo a nivel local, sino que los recursos generados se redistribuirían en la propia localidad.

Entre los beneficios potenciales de su implementación se presentan los siguientes:

a) La disminución progresiva de brechas sociales en materia de capacidades humanas entre zonas rurales y urbanas (ciudades modernas) en educación, productividad, empleabilidad, salud, etc.

b) La reducción de la corrupción en la gestión pública debido a la existencia de ciudadanos comprometidos realmente empoderados y capaces de administrar y supervisar mejor la asignación de recursos públicos.

c) La generación de liderazgos locales y un cuerpo de burócratas competentes que mejoren el desempeño o performance de las entidades públicas.

d) La dinamización de la economía local al fomentar la generación de empresas competitivas gerenciadas o dirigidas por emprendedores locales capacitados por medio de este mecanismo.

e) La elevación o aumento del índice de desarrollo humano (IDH), así como del nivel de satisfacción de la población con respecto a su futuro.

f) Incrementar la competitividad del país al generar más y mejor capital humano en distintas localidades, lo que originaría un crecimiento económico sostenido (esta herramienta promovería la disminución de la pobreza y el acceso a mejores oportunidades).

g) Complementaría al mecanismo de Obras por Impuestos (OxI), las Asociaciones Público Privadas (APP) y la obra pública realizada por el Estado, ya que el limitado avance en el cierre de brechas de infraestructura se fundamenta en la falta de capacidad de gestión de los gobiernos locales, provinciales y regionales.

El desarrollo que se intenta proveer por medio del mecanismo de Desarrollo Humano y Productivo por Impuestos (DHPxI) debe ser medible o cuantificable a través de indicadores estandarizados sobre el impacto real de los programas educativos en la población escolar, la efectividad de los cursos de capacitación orientados a mejorar la empleabilidad de los trabajadores, la idoneidad de los cursos que aumenten las competencias entre los estudiantes universitarios y de institutos técnicos, etc. (esto sería realmente factible ya que solo es cuestión de adaptar algunos indicadores existentes en dichos ámbitos).

Naturalmente este cambio representa un gran desafío para la fiscalización gubernamental que debe velar por la correcta utilización de recursos del fisco por parte de actores privados. Sin embargo, es posible introducir instrumentos similares a los que se emplean en el mecanismo Obras por Impuestos con las particularidades y salvedades del caso. 

A manera de ejemplo se puede reportar como inversión en capacidades educativas, productivas y/o laborales los montos destinados al financiamiento de cursos, talleres, seminarios, programas, etc., así como los recursos empleados en el seguimiento y medición del impacto efectivo de los mismos. La supervisión en este último caso estaría en manos del Estado para asegurar la adecuada asignación de los recursos y el logro de los objetivos inicialmente trazados en el proyecto.

Es pertinente que, al tratarse del desarrollo de capacidades humanas, el mecanismo sea lo suficientemente flexible toda vez que su mejora constante precisa de la retroalimentación necesaria que brinda la ejecución del propio instrumento. Es decir, seguramente se requerirá de algunos ajustes en el camino hasta que el programa sea total o realmente eficaz. Por ello, es recomendable empezar con algunos programas piloto para verificar o validar su eficacia sobre el terreno, esto con el fin de que se tenga suficiente información (data) para diseñar o rediseñar los programas que posteriormente se habiliten. 

Desde luego no se trata de una tarea sencilla, ya que demandará tiempo y esfuerzo poder concebir un mecanismo semejante; pero puede ser una buena iniciativa para avanzar más allá de la obra pública ejecutada por agentes privados.

¿Qué es el cambio climático? 

Según Naciones Unidas, “el cambio climático se refiere a los cambios a largo plazo de las temperaturas y los patrones climáticos. Estos cambios pueden ser naturales, por ejemplo, a través de las variaciones del ciclo solar. Pero desde el siglo XIX, las actividades humanas han sido el principal motor del cambio climático, debido principalmente a la quema de combustibles fósiles como el carbón, el petróleo y el gas.

La quema de combustibles fósiles genera emisiones de gases de efecto invernadero que actúan como una manta que envuelve a la Tierra, atrapando el calor del sol y elevando las temperaturas.

Algunos ejemplos de emisiones de gases de efecto invernadero que provocan el cambio climático son el dióxido de carbono y el metano. Estos proceden del uso de la gasolina para conducir un coche o del carbón para calentar un edificio, por ejemplo. El desmonte de tierras y bosques también puede liberar dióxido de carbono. Los vertederos de basura son una fuente importante de emisiones de metano. La energía, la industria, el transporte, los edificios, la agricultura y el uso del suelo se encuentran entre los principales emisores” Naciones Unidas (2020).

Cambio Climático por Impuestos (CCxI)

El calentamiento global, entre otros muchos efectos que produce, acrecienta los fenómenos climáticos extremos –inundaciones y sequías, olas de calor y de frío–, empeora los procesos de desertificación y erosión, e implica una pérdida pronunciada de biodiversidad. La mayoría de la comunidad científica y las principales organizaciones internacionales atribuyen la tendencia al calentamiento global –observada desde mediados del siglo XX– a las actividades humanas, especialmente las productivas, que producen el denominado “efecto invernadero”. 

Esto significa que el calentamiento global se produce cuando la atmósfera terrestre captura el calor que se irradia desde el planeta hacia el espacio.

En el caso del mecanismo de Cambio Climático por Impuestos (CCxI), su diseño se justifica debido a que –a través de este– se estimularían mejores respuestas o acciones por parte del sector privado, en particular de empresas extractivas. De modo que si se autorizara la disposición de parte de los impuestos que actualmente pagan para combatir los efectos del cambio climático, surgirían nuevas y mejores iniciativas orientadas hacia dicho fin. 

De lo que se trata en el fondo es permitir que las empresas puedan usar su experiencia, tecnología y capacidad organizativa y planificadora para abordar un problema de alcance mundial.

La creación de esta modalidad no implica aumentar el margen actual del que disponen las compañías para cumplir con sus obligaciones tributarias, que es del orden del 50% del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio anterior. 

Por medio del mecanismo, cabe reiterar, se le permite a un grupo de contribuyentes adelantar el pago correspondiente “al Impuesto a la Renta para financiar y ejecutar directamente, de forma rápida y eficiente, proyectos de inversión pública que los gobiernos subnacionales y las entidades del gobierno nacional priorizan”, según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

A través de este instrumento no se busca que las empresas controlen o mitiguen los impactos de los que son causantes o responsables, sino que diseñen y ejecuten acciones concretas destinadas a eliminar y/o reducir los efectos del cambio climático que no guardan relación con sus operaciones o actividades. En otras palabras, concretar una acción público-privada que busca un objetivo muy concreto: adoptar medidas –con recursos a cuenta del Impuesto a la Renta–, con el fin de generar sinergias que potencien el combate y reducción de los gases de efecto invernadero, entre otras medidas destacables. 

Esto se enmarca dentro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), sobre todo el 17, ya que establece la formación de acuerdos para lograr, precisamente, los objetivos trazados por Naciones Unidas y la comunidad internacional.

Entre los programas que podrían financiarse con este mecanismo se contemplan los siguientes:

a) Estudios científicos que precisen gobiernos locales, provinciales y regionales para actuar y tomar decisiones sobre esta problemática.

b) Agua: se refiere al diseño y ejecución de obras que aseguren la disponibilidad del recurso hídrico.

c) Calidad del suelo: se trata de medidas pensadas para evitar la erosión del suelo y la presencia de sequías (también comprende estudios y medidas sobre el subsuelo).

d) Energía: se busca utilización de sistemas o fuentes alternativas y renovables en zonas rurales, ciudades e instituciones públicas.

e) Campañas de sensibilización: se emplean para difundir conocimientos, información y mejores prácticas sobre las acciones que las personas y diversos colectivos pueden adoptar para combatir los efectos del cambio climático.

f) Deshielo: se refiere a estudios y acciones dirigidas a controlar la desglaciación en nevados altoandinos.

g) Biodiversidad: se trata de la elaboración de un inventario de especies afectadas o potencialmente afectadas, y adoptar medidas que conserven los ecosistemas de los que dependen.

Conclusiones  

A continuación, se presentan las conclusiones del trabajo de investigación:

1. Para lograr una mayor exigencia y asimilación de prácticas que reduzcan efectivamente el efecto del calentamiento global se considera necesario pensar en la habilitación de incentivos económicos que vayan más allá del compromiso inicial que realizan las empresas, sobre todo aquellas que transparentan su desempeño económico, social y ambiental a través de mecanismos como el Global Reporting Initiative (GRI), por el que implementan acciones que buscan amortiguar su impacto ambiental y generar una buena reputación en sus actividades.

2. Si bien varias empresas se orientan decididamente a mitigar los gases de efecto invernadero —mediante el uso de energías alternativas y renovables o el financiamiento de investigaciones científicas— estas iniciativas aún resultan insuficientes. Esto es, pese a que representar buenas señales de que el sector empresarial, especialmente el minero, ha tomado plena conciencia de su papel como un actor importante del cambio social que se necesita, las empresas saben que la lucha contra el cambio climático demanda o requiere de muchas más acciones concretas.

3. En tal sentido, más allá de incorporar dicha acción en su enfoque de responsabilidad y sostenibilidad corporativa, y de realizar esfuerzos para cuidar el planeta, una tarea de semejante complejidad, naturaleza y envergadura obliga a que, para contar con una mejor participación del sector privado, el Estado debe demostrar mayor iniciativa y capacidad en reconocer que se requiere el concurso de las compañías. Y ello sería posible por medio de la creación de mecanismos como el de Desarrollo Humano y Productivo por Impuestos (DHPxI) y el Cambio Climático por Impuestos (CCxI).

4. Existen un buen número de beneficios tanto para el Estado, la empresa privada y la sociedad civil entre los que se pueden destacar los siguientes: 

4.1 Combatir más eficazmente la incidencia o los efectos nocivos del cambio climático. 

4.2 Facilitar el uso de recursos públicos a objetivos centrales que han venido siendo descuidados como la generación de capital humano y la prestación de mejores servicios públicos.

4.3 Mejorar la calidad de vida y/o competitividad de las poblaciones ubicadas principalmente en zonas de producción minera en armonía con las políticas y planes de desarrollo estatal.

4.4 Posicionar la imagen del sector privado como social y ambientalmente responsable al poder invertir en proyectos, planes y programas de alto impacto social y ambiental.

4.5 Generar sinergias entre el sector público y privado, de cuya cooperación e integración depende en gran medida alcanzar el ansiado desarrollo y mitigar los impactos negativos del cambio climático.

4.6 Reducir brechas de manera efectiva mediante la generación o potenciación del capital humano a nivel local, en zonas muy vulnerables donde actualmente operan las empresas del sector extractivo. 

Recomendaciones 

A continuación, se presentan las siguientes recomendaciones:

1. La implementación de la propuesta requiere, entre otras condiciones, de un marco normativo y regulatorio (reglamentario) claro, además de cierta flexibilidad en su aplicación, adecuados mecanismos de supervisión o seguimiento, y la consideración de aspectos ambientales y sociales, toda vez que se precisa la participación activa de la sociedad dentro del ciclo de aprobación de las iniciativas orientadas a ambas finalidades.

2. Esto último supone que deben aplicarse correctamente los procesos de consulta previa y participación ciudadana que correspondan, por ello deben tener un especial énfasis en su formulación inicial para que tengan suficiente legitimación social y sean realmente efectivos.

3. Es importante reconocer el costo de oportunidad en el que incursiona la empresa, pues debe diseñar, organizar y ejecutar el mecanismo en lugar de desarrollar las tareas o actividades que le son propias. Sin embargo, su eficacia organizativa le permite actuar de manera rápida y oportuna sobre un problema que merece inmediata atención mundial.

4. La supervisión de estos mecanismos debe involucrar a actores de la cooperación técnica internacional, entidades multilaterales, universidades, colegios profesionales, partidos políticos, organizaciones indígenas y otros actores de la sociedad civil como ONG, quienes contribuirían en su diseño, idoneidad, seguimiento y posterior perfeccionamiento.

5. Deben establecerse indicadores o parámetros adecuados que posibiliten la medición pertinente de los avances, así como el logro de los objetivos propuestos o planteados en materia de la evaluación de aprendizajes, desarrollo de competencias, habilidades, etc. Estos pueden construirse sobre la base de los existentes, vale decir, aquellos que versan –actualmente– sobre las variables de cambio climático y desarrollo humano y productivo.

Bibliografía

Agencia de Noticias Peruana Andina. 2021. Regiones y municipios recibieron S/ 40,000 millones por canon y regalías mineras. Del 12 de mayo de 2021. En: https://andina.pe/agencia/noticia-regiones-y-municipios-recibieron-s-40000-millones-canon-y-regalias-mineras-844917.aspx 

Banco Mundial 2018. Acerca del Proyecto de Capital Humano. En: https://www.bancomundial.org/es/publication/human-capital/brief/about-hcp (Visitado el 25 de mayo de 2022). 

El Peruano. 2022. Potenciarán calidad de universidades públicas con obras por impuestos. Del 22 de mayo de 2022. En: https://elperuano.pe/noticia/156794-potenciaran-calidad-de-universidades-publicas-con-obras-por-impuestos

ICMM. 2022. Mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorar la capacidad de adaptación. En: https://www.icmm.com/es/gestion-ambiental/cambio-climatico/mitigar-las-emisiones-de-gases

Meneses, Elizabeth. 2022. Cusco, Arequipa, Cajamarca y Áncash concentran 51% de proyectos en Obras por Impuestos. Perú Construye. Del 23 de mayo de 2022. En: https://peruconstruye.net/2022/05/23/proyectos-obras-por-impuestos/ 

Ministerio de Economía y Finanzas. 2020. Guía Metodológica del Mecanismo de Obras por Impuestos del Ministerio de Economía y Finanzas. Lima, Perú. Primera edición. Abril, 2020. En: https://www.mef.gob.pe/contenidos/inv_privada/obras_impuestos/Guia_Metodologica_mecanismo_Obras_por_Impuestos.pdf

Proactivo. 2022. Sector minero energético tiene comprometidos más de S/. 3 mil millones en Obras por Impuestos. Del 6 de junio de 2022. En: https://proactivo.com.pe/sector-minero-energetico-tiene-comprometidos-mas-de-s-3-mil-millones-en-obras-por-impuestos/ 

Naciones Unidas. 2020. Acción por el clima. ¿Qué es el cambio climático? En: https://www.un.org/es/climatechange/what-is-climate-change (visitado el 14 de junio de 2022).

Rosales, Maritza. 2017. El Desarrollo Humano: Una propuesta para su medición. Aldea Mundo, vol. 22, núm. 43, enero-junio, 2017, p. 66 Universidad de los Andes San Cristóbal, Venezuela. En: https://www.redalyc.org/pdf/543/54353312007.pdf

ANEXO Nº 1: MODIFICACIONES NORMATIVAS SUGERIDAS

Modificaciones normativas a la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión regional y local con participación del sector privado, publicada el 20 de mayo de 2008. 

Se modifican los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 9 de la Ley Nº 29230, los cuales quedarían redactados en los siguientes términos: 

Artículo 1.- Objetivo 

El objetivo de la presente Ley es impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública, entre los que se puede priorizar los relacionados con el control y/o mitigación de efectos y/o consecuencias generadas por el cambio climático, además de programas de capacitación, fortalecimiento y desarrollo de habilidades de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional con los gobiernos regionales y/o locales. (la cursiva y negrita forma parte de la propuesta de modificación).

Artículo 2.- Proyectos de inversión 

En el marco de lo establecido en la presente Ley, las empresas privadas que firmen convenios, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la presente Ley, podrán financiar y/o ejecutar proyectos de inversión pública en infraestructura, incluyendo los orientados a mitigar los efectos adversos del cambio climático en zonas vulnerables, así como programas vinculados con la potenciación del desarrollo humano y productivo que deberán estar en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaratoria de viabilidad, que especifique la valorización implícita del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP, y con informes complementarios vinculantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), Ministerio de la Producción (PRODUCE), Ministerio del Ambiente (MINAM), Ministerio de Educación (MINEDU) y Ministerio de Salud (MINSA) cuando el proyecto, plan y/o programa se encuentre vinculado a sus competencias y facultades regulatorias. 

Bajo la presente Ley debe entenderse por proyecto de inversión pública los que utilizan en su totalidad o de manera parcial recursos del fisco, como el canon minero, y que están destinados preferentemente a: 

i. El diseño y ejecución de obras de infraestructura pública “en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, industria, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones, justicia, acceso a servicios de atención al ciudadano, mercado de abastos, incluyendo su mantenimiento”.

ii. Inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), e inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

iii. Proyectos de inversión pública, incluyendo el financiamiento de estudios y análisis científicos, cuya meta sea reducir, mitigar, controlar o evitar -en lo posible- los efectos, consecuencias y/o impactos negativos del cambio climático, particularmente en áreas donde se presentan o presentarán los mayores riesgos, peligros o amenazas para la población local sobre la disponibilidad o suministro de agua, la erosión o infertilidad de tierras destinadas a la agricultura, altas temperaturas, precipitaciones o lluvias intensas, sequías y/o desertificación de suelos, desglaciación de cumbres, glaciares y/o nevados, graves alteraciones en ecosistemas que dificulten o deterioren la calidad de vida humana, animal y vegetal (reduzcan la diversidad biológica en flora y/o fauna); y cualquier otro fenómeno climatológico que fomente migraciones abruptas o progresivas, entre otros resultados adversos.  

iv. Proyectos, planes o programas debidamente certificados y orientados a desarrollar capacidades y/o competencias laborales y/o productivas en trabajadores del sector público y/o privado a nivel regional y/o local; fortalecimiento de habilidades de servidores públicos, especialmente de los gobiernos regionales y/o locales, a través de cursos, talleres, diplomados, etc.; capacitaciones dirigidas a docentes del nivel preescolar, escolar, técnico y universitario; desarrollo de aprendizajes en estudiantes del nivel escolar, técnico y universitario; formación de emprendedores locales en temas vinculados con la actividad que desarrollan o pretenden desarrollar en su localidad. 

Para ser beneficiario o receptor de los proyectos, planes o programas habilitados por la empresa privada, las personas deben ubicarse o residir en zonas identificadas como vulnerables y que presentan brechas sociales importantes (reducido nivel de desarrollo humano de acuerdo a estudios del INEI). 

v. Planes de contratación temporal o permanente a través de concurso público de méritos de personal calificado en los ámbitos de la salud, nutrición, psicología y educación en las jurisdicciones donde se carezca de especialistas de la salud y docentes (plazas no cubiertas o vacantes) con el objeto de brindar la correcta prestación de servicios públicos esenciales. (la cursiva y negrita forma parte de la propuesta de modificación).

Artículo 3.- Priorización de los proyectos de inversión 

Los gobiernos regionales y/o locales que se acojan a lo establecido en la presente Ley remitirán a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión) y a los ministerios mencionados en el artículo anterior, según corresponda, una lista priorizada con los proyectos de inversión pública a financiar y/o ejecutar, y/o programas de capacitación fortalecimiento, desarrollo de habilidades o similares a ser implementados directamente por las empresas que se acojan al mecanismo de Desarrollo Humano y Productivo por Impuestos (DHPxI) o Cambio Climático por Impuestos (CCxI), o de manera indirecta a través de empresas contratadas para ejecutar y poner en marcha los programas antes señalados. (La cursiva y negrita forma parte de la propuesta de modificación)

TLa relación con los proyectos de inversión a financiar y/o desarrollar en el marco de la presente Ley deberá ser actualizada periódicamente.

Artículo 4.- Convenios de inversión pública y/o de cooperación interinstitucional con gobiernos subnacionales 

Autorizase a los gobiernos regionales y/o locales a firmar convenios de inversión pública regional y local con las empresas seleccionadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la presente Ley para financiar y/o ejecutar uno o más proyectos de inversión y/o programas de capacitación, fortalecimiento, desarrollo de habilidades o similares, en el marco de lo establecido en el artículo 2 de la presente Ley. La empresa privada se compromete, en virtud de dicho convenio, a transferir al gobierno regional y/o local respectivo las obras ejecutadas, así como a informar mediante documento sustentatorio, adjuntando para ello el informe complementario del sector ministerial correspondiente, sobre los logros alcanzados en las capacitaciones, programas de fortalecimiento y desarrollo de habilidades implementados en las localidades establecidas en los convenios. (la cursiva y negrita forma parte de la propuesta de modificación).

Artículo 5.- Selección de la empresa privada 

La empresa privada que suscriba un convenio de inversión pública regional y/o local y/o de cooperación interinstitucional con gobiernos subnacionales (regional y local) deberá cumplir con los requisitos que se establezcan en el reglamento de la presente Ley. 

Los gobiernos regionales y/o locales realizan el proceso de selección de la empresa privada, de considerarlo necesario, con la asistencia técnica de ProInversión y la participación del sector ministerial vinculado con el tipo y/o naturaleza del programa a implementar, sea de capacitación, fortalecimiento y/o desarrollo de habilidades

Dicho proceso podrá ser encargado, en su integridad, a ProInversión en el caso de proyectos de inversión de infraestructura pública, excepto en los relacionados con la mitigación de los impactos ocasionados por el cambio climático, pues requieren pronunciamiento expreso del Ministerio del Ambiente (MINAM)

Los procesos de selección a que se refiere el presente artículo se regirán por lo establecido en el reglamento de la presente Ley. Asimismo, son de aplicación los principios de moralidad, libre competencia, imparcialidad, eficiencia, transparencia, economía, vigencia tecnológica y trato justo e igualitario, recogidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en el artículo 35 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. (la cursiva y negrita forma parte de la propuesta de modificación).

Artículo 6.- Definición del Certificado “Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público” 

El Certificado “Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público” (CIPRL) es un documento emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Tesoro Público, que tiene por finalidad la cancelación del monto que invierta la empresa privada en la ejecución de los proyectos de inversión y/o de generación de capacidades técnicas, laborales, productivas, educativas que contribuyan a la generación y/o incremento de capital humano en la zona donde, de manera preferente o habitual realiza sus actividades principales la empresa solicitante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Ley. Los CIPRL tendrán carácter de no negociable y tendrán una vigencia de diez (10) años contados a partir de su emisión. 

Artículo 9.- Supervisión de la obra y de los programas de capacitación, fortalecimiento y desarrollo de habilidades. 

El avance y calidad de las obras del proyecto serán supervisados por una entidad privada supervisora, contratada por el gobierno regional y/o local respectivo. Las características de dicha entidad privada y el procedimiento para su contratación serán establecidos por el reglamento de la presente Ley. El costo de supervisión se financiará con cargo al presupuesto institucional de los gobiernos regionales y/o locales respectivos.

En el caso de las obras de infraestructura orientadas mitigar los efectos y/o impactos del cambio climático en una o varias localidades, se contratará a una consultora especializada, pudiendo ser origen internacional. Nada impide que dos o más consultoras participen de manera asociada, en función a la complejidad y naturaleza de las obras y/o estudios a realizar, y también en labores o tareas fiscalización delegadas por las autoridades competentes. 

Sobre la supervisión, verificación y evaluación de los programas de capacitación, fortalecimiento y desarrollo de competencias, conocimientos y habilidades, esta labor recaerá en el sector ministerial competente, pudiendo encargar o delegar dicha función al gobierno subnacional en caso contara con dicha capacidad.

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