Por: Walter Casquino, consultor minero.Existe una campaña mediática orientada a reducir la significativa importancia que tiene la pequeña actividad minera nacional. La pequeña minería existe desde tiempos inmemoriales porque la cordillera de los Andes creó una geología territorial muy variada y extensa. Existen yacimientos que se prestan para la actividad minera —segura y rentable— de todas las dimensiones. Según Geología del Perú del Ingemmet, 1995: “En su mayoría las soluciones mineralizantes provienen del magmatismo intrusivo andino que generó yacimientos filonianos (que se ajustan a la pequeña y mediana minería con minado subterráneo) y diseminados (que se ajustan a la gran minería con minado superficial), cuyos volúmenes y variedad de menas, dependen de la naturaleza y las estructuras de las rocas huésped que cruzaron”, (los contenidos en paréntesis son del autor). La gran minería tiene un aporte relevante en la generación de empleo de calidad. La mediana aporta al imprescindible dominio soberano. La pequeña minería puede ayudar a la nación peruana a liberarse de la ignorancia y la pobreza. Aparte de la contribución económica, las tres dimensiones mineras son dignas, esforzadas y de valor insustituible para el bienestar nacional. Pero, todas requieren mucho autocontrol, porque el procedimiento de transformación de un bien público (la cornucopia del escudo) en bien privado, evoluciona a medida que avanza la educación y la cultura. Cuando ese autocontrol se relaja, alguien —de reconocido talento y probidad— debe asumir ese indispensable rol. Las crecientes demandas en seguridad, productividad, rentabilidad, inclusión social y cuidado ambiental ponen en jaque a las actividades productivas del presente, siendo el eslabón más débil el factor humano en su rol educativo integral de aptitudes y, sobre todo, de actitudes. Bien realizados, todos los emprendimientos mineros —grandes, medianos y pequeños— ni contaminan ni tienen relación alguna con el dolo. Los economistas ingleses A. C. Pigou, profesor de la Universidad de Cambridge, 1938, y Ronald Coase, profesor de la Universidad de Chicago, 1960, sostuvieron dos puntos de vista diferentes para solucionar este dilema. Pigou afirma que “el que contamina paga” y el Estado debe velar por la salud y economía de los habitantes. Coase propone arreglos entre el contaminador y el afectado sin la intervención del Estado. Indudablemente, que la instancia pública debe ser adoptada, solamente en el caso extremo que se frustren todas las opciones de negociación privadas. El hecho que el deterioro moral del pueblo peruano esté alcanzando niveles de preocupación en todas las profesiones y especialidades laborales, no explica que se mancille, exclusivamente, el decoro de los pequeños mineros peruanos que, contra viento y marea, luchan por forjar familias depuradas que, solamente cumplen, con el mandato bíblico de “poblad la tierra y sometedla”. El Código Penal tipifica y sanciona los delitos de los ciudadanos y todos —mineros, ingenieros, médicos, profesores, periodistas y aún clérigos— le debemos obediencia. Ante esta inmerecida condición mediática, la Asociación Nacional de Plantas de Beneficio del Perú (Anplaben) organizó un conversatorio que se realizó el 18 y 19 de julio de este año, en el que se mostró que los elevados precios de comercialización del oro y el cobre, unidos a la enorme tasa de desempleo macroeconómica nacional, provocaron una invasión de trabajadores mineros que hallaron una solución a sus urgentes carencias, pero que encontró un sector público totalmente desbordado en su capacidad de crear apropiadas herramientas de regulación y control. Estas falencias se intentan encarar, ahora, con un Anteproyecto de Ley de Pequeña Minería y Minería Artesanal (Código DGFM-001-2024-MINEM) que está siendo tramitado oficialmente, pero que ha sido impugnado por los actores directos. Al final del encuentro, la Confederación Nacional de Pequeña Minería y Minería Artesanal (Confemin), ofreció firmar un convenio de cooperación con Anplaben, para promover el diseño de una nueva norma que trace un mejor panorama para la pequeña minería. Para empezar, se requiere que el término “minero ilegal” se defina en la ley como aquel ciudadano que no tiene autorización del Estado para extraer mineral. El Código Penal basta y sobra para calificar otros delitos, como lo sostuvo el parlamentario Andino, Juan C. Ramírez.